
Redacción.- El Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional determinó en la sentencia del Caso Antipulpo que Juan Alexis Medina Sánchez utilizó fondos ilícitos para apoyar campañas del PLD. Sin embargo, aclaró que la Ley 33-18 de Partidos no permite castigar penalmente a quien aporta dinero irregular, sino únicamente a quien lo recibe en nombre del partido, razón por la cual el tribunal no pudo imponer condenas por este punto.
Las juezas explican que solo se admitió acusación por financiamiento ilegal contra Alexis Medina y Wacal Vernabel Méndez, y concluyeron que ambos canalizaron recursos obtenidos de manera ilícita a través de empresas vinculadas al entramado societario. Aunque calificaron estos aportes como una grave violación a la transparencia y la equidad electoral, no hubo pruebas que identificaran a un dirigente del PLD con capacidad institucional que aceptara conscientemente esos fondos, lo que impidió configurar responsabilidad penal.
Red de empresas y operaciones financieras
De acuerdo con la sentencia, Medina dirigió una estructura empresarial diseñada para obtener contratos públicos, mover grandes sumas de dinero y ocultar la propiedad real de bienes. El fallo —de más de 10,800 páginas— detalla que desde 2012 se crearon o adquirieron empresas para manejar contratos con instituciones del Estado, modificar socios y objetos sociales, y registrar operaciones bajo nombres de terceros, sustentado en 14 contraescritos notariales que lo señalan como beneficiario real.
Entre las compañías vinculadas destacan Globus Electrical S.R.L., United Suppliers Corporations, Wattmax Dominicana S.R.L., General Medical Solution A.M. S.R.L., Domedical Supply S.R.L. y Contratas Solution Services CSS S.R.L.
Movimientos millonarios y salida de capitales
El tribunal documenta un préstamo de RD$100 millones originado en una empresa representada por Rigoberto Alcántara y destinado a Ichor Oil S.R.L., cuyo beneficiario final era Medina. Los fondos fueron convertidos en dólares y enviados al extranjero, confirmando un patrón de uso de testaferros para manejar capitales y propiedades.
También se registraron inversiones como Wonder Island Park S.R.L., utilizadas para ocultar la participación de Medina, además de la creación de entidades como WMI International S.R.L. y Acorpor S.R.L. para canalizar operaciones económicas específicas.
Contratos con varias entidades públicas
La sentencia muestra cómo empresas del grupo accedieron a contratos con el Ministerio de Salud Pública, OISOE, FONPER, EDEESTE y la Policía Nacional, en algunos casos mediante documentación falsa, sobornos o procesos irregulares. Parte del dinero circuló entre compañías vinculadas mediante transferencias internas, préstamos rápidos y cheques, dando apariencia de actividad comercial legítima.
Lavado de activos e incremento patrimonial injustificado
El tribunal concluye que Alexis Medina y varios coimputados realizaron lavado de activos mediante numerosas empresas, registrando un crecimiento patrimonial sin respaldo legal. Los fondos se movieron a cuentas personales y corporativas dentro del entramado, evidenciando maniobras para legitimar dinero de origen ilícito.
Financiamiento político sin sanción
Aunque quedó demostrado que parte del dinero ilícito llegó al PLD como aportes económicos, el tribunal aclara que la ley actual sanciona solo a quien recibe los fondos, no a quien los entrega. Al no poder establecer qué dirigente aceptó los recursos, este cargo fue descartado, aunque el flujo financiero quedó documentado como parte del esquema investigado.
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